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Ley Beckham

  • Foto del escritor: Javier Risueño
    Javier Risueño
  • 24 jul 2024
  • 4 Min. de lectura

¿Qué es la Ley Beckham?


Esta ley se denomina comúnmente por este nombre por el futbolista inglés, David Beckham, ya que fue una de las primeras personas en beneficiarse de la misma tras su fichaje por el Real Madrid en 2003.

Beckham tras fichar por el Real Madrid fue uno de los primeros beneficiados de la Ley Beckham
Beckham en el Real Madrid

Según recoge la Agencia Tributaria, en 2023 hubo una modificación de la Ley que hay que tomar en consideración. Con efectos desde 1 de enero de 2023, el artículo 93 de la Ley del IRPF que regula el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, ha sido objeto de modificación por la Disposición Final tercera de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (BOE del 22 de diciembre. La citada modificación reduce a cinco años del período previo de no residencia en España y amplía la posibilidad de opción por el régimen especial a nuevos colectivos de personas, teletrabajadores, emprendedores y profesionales, así como a las personas de su núcleo familiar, bajo ciertas condiciones.  En consecuencia, en la nueva regulación del régimen especial van a poder existir dos figuras, un contribuyente principal y otros contribuyentes asociados a él, procedentes de su núcleo familiar, vinculados al principal en cuanto a los períodos de aplicación del régimen)

 

¿Cuáles son los requisitos para la aplicación de la Ley Beckham?

 

La Ley Beckham, como todo régimen fiscal favorable para el contribuyente, tiene ciertas condiciones y requisitos para que los beneficiarios puedan acceder a ella.


En primer lugar, es esencial que el contribuyente no haya sido residente en España durante los cinco períodos impositivos anteriores al de su traslado a territorio español (anteriormente eran diez años).


En segundo lugar, el desplazamiento a España debe ser consecuencia de alguna de las circunstancias contempladas por la Ley, tales como: i) un contrato de trabajo en España (o una carta de asignación en el caso de expatriados); ii) nombramiento como administrador de una entidad no vinculada (o una vinculada no patrimonial); iii) la realización en España de una actividad económica oficialmente reconocida como emprendedora; o iv) la realización en España de una actividad económica por un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes o que lleve a cabo actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, siempre que la remuneración por estos servicios represente más del 40% de sus ingresos empresariales, profesionales y del trabajo personal.


Además, es imprescindible que el contribuyente no obtenga ingresos que se consideren obtenidos a través de un establecimiento permanente situado en España, con excepción de los supuestos relacionados con la actividad emprendedora.

 

¿Qué beneficios tiene la Ley Beckham para el contribuyente?


Bajo este régimen especial, los contribuyentes tributan conforme a las normas del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), es decir, como si no fueran residentes fiscales en España, aunque con ciertas particularidades. La diferencia más notable es que todos los ingresos derivados del trabajo o de actividades económicas calificadas como emprendedoras se considerarán obtenidos en España.


Por otro lado, no aplican las exenciones fiscales disponibles para los no residentes en España, como indemnizaciones por despido, paternidad/maternidad, o participaciones en fondos de inversión. Sin embargo, quedan exentas las rentas en especie, tales como seguros médicos, ayudas para comida mediante medios indirectos de pago, o la entrega gratuita de acciones bajo los términos y condiciones del artículo 42 de la Ley del IRPF.


En cuanto a los tipos impositivos, las rentas del trabajo tributan al 24% para los primeros 600,000 euros y al 47% para cantidades superiores, mientras que las rentas del ahorro están sujetas a una escala de gravamen entre el 19% y el 28%.


Cabe señalar que, a diferencia de los residentes ordinarios, la titularidad de la vivienda habitual de los contribuyentes acogidos a este régimen genera una imputación de rentas inmobiliarias.

 

¿Cambia algo la tributación patrimonial bajo la Ley Beckham?


Además del IRPF, la Ley Beckham también afecta otros impuestos, como el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ITSGF), así como posibles obligaciones informativas como los Modelos 720 y 721.


En el caso del IP y el ITSGF, los contribuyentes bajo el régimen especial tributan por obligación real, es decir, solo están sujetos a estos impuestos por los bienes y derechos situados, ejercitables o cumplibles en territorio español. En cuanto a los Modelos 720 y 721, los contribuyentes acogidos a este régimen no están obligados a presentarlos.


Conclusión

 

En resumen, la Ley Beckham ofrece un régimen fiscal ventajoso para aquellas personas que decidan trasladarse a España para trabajar o emprender, proporcionando un entorno fiscal atractivo tanto en términos de renta como patrimoniales durante los primeros seis años de estancia en el país. Todo ello siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriormente expuestos.


Para más información no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo para un correcto asesoramiento en función de tu situación personal y financiera. De esta manera, podremos valorar si se cumplen los requisitos y cuáles son los beneficios de la aplicación de esta Ley en tu caso.

 

Normativa: artículo 93 y Disposición transitoria 17 Ley IRPF; artículos 113 a 120 Reglamento IRPF; Orden HAP/2783/2015, de 21 de diciembre, que aprueban los modelos 151 y 149 y Orden HFP/1338/2023, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los nuevos modelos 151 y 149.

 

 
 
 

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