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Solicitar el arraigo laboral en España

  • Foto del escritor: Javier Risueño
    Javier Risueño
  • 18 may 2022
  • 2 Min. de lectura

El arraigo laboral en España es una forma de regularizar la situación de un extranjero en España. Se trata de un permiso de residencia en España durante un año para aquellos que hayan trabajado en nuestro país durante 6 meses y hayan estado residiendo en el mismo durante 2 años de forma ininterrumpida.





Requisitos:

  1. En primer lugar, no ser ciudadano de la Unión Europea o familiar, tampoco del Espacio Económico Europeo o Suiza.

  2. Carecer de antecedentes penales, tanto en España, en el país de origen, como en el país en el que haya residido en los últimos 5 años, todo ello basado en delitos que estén tipificados en el sistema penal español.

  3. No encontrarse dentro del compromiso de no retorno.

  4. Haber residido en España durante un tiempo mínimo de 2 años de forma ininterrumpida/continuada, es decir, sin haber salido del país por más de 90 días. Estos dos años tienen que haber sido los dos años inmediatamente anteriores a solicitar el arraigo.

  5. Haber trabajado durante al menos 6 meses dentro de los 2 años de residencia en el país. La relación laboral podrá haber sido regular o irregular, pero dependiendo de una u otra, los documentos que se deban de aportar para acreditar el tiempo de trabajo deberán ser unos u otros. Pueden ser una o varias relaciones laborales. Se excluyen las prácticas formativas, aun habiendo sido asalariadas.


El Tribunal Supremo considera y hace énfasis en que no cualquier circunstancia da lugar al arraigo, sino que debe existir “una vinculación especial con nuestro país”. Por ello, refiere expresamente el hecho de que es oportuno entender que en el caso del arraigo laboral la relación de trabajo tiene que haberse dado en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.


El salario percibido por la prestación profesional de los servicios laborales

por cuenta ajena de cada una de las relaciones laborales que se

acrediten, deberá ser una cuantía igual o superior al salario mínimo

interprofesional que corresponda cuando se trate de contratos a tiempo

parcial.


En caso de concesión del arraigo laboral, tendrá validez para un año. Durante este año la situación del extranjero será regular en España, pero si quiere que siga siéndolo después de este año, tendrá que solicitar el cambio de su situación a una autorización por residencia, residencia y trabajo por cuenta ajena o residencia y trabajo por cuenta propia. Esta solicitud se realizará en los 60 días anteriores a la fecha final del arraigo. También se puede solicitar si se presenta dentro de los tres meses posteriores a la fecha de expiración, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador


 
 
 

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