Derechos de los Consumidores tras la DANA
- Javier Risueño
- 13 nov 2024
- 4 Min. de lectura
Introducción
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha lanzado una guía para proteger los derechos de los consumidores tras la DANA, que ha dejado numerosas viviendas inhabilitadas y ha interrumpido la prestación de diversos servicios contratados previamente. Este documento informa a los ciudadanos sobre sus derechos y opciones legales, permitiéndoles suspender pagos de suministros, alquileres y otros servicios para reducir la carga financiera de aquellos que no pueden disfrutar de estos servicios. Estas medidas están destinadas a evitar que las personas afectadas sufran una carga económica adicional debido a circunstancias fuera de su control.

1. Suspensión Temporal o Definitiva de Contratos de Servicios Básicos
Los afectados por la DANA pueden solicitar la suspensión de servicios esenciales, como electricidad, gas, agua, telefonía e internet, cuando sus viviendas sean inhabitables o los servicios no puedan disfrutarse. De acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto-ley 11/2023, los consumidores tienen el derecho de solicitar la suspensión o la resolución del contrato sin tener que abonar estos servicios durante el período de rehabilitación. En caso de cancelación definitiva, las cantidades pagadas deben devolverse en un plazo máximo de treinta días.
Este derecho a la suspensión temporal de contratos es esencial para evitar que las familias soporten costos de servicios de los que no pueden beneficiarse debido a la situación de emergencia. Además, la normativa establece que la solicitud de suspensión debe ser procesada rápidamente, y las empresas de servicios deben informar a los afectados de sus derechos y ofrecer alternativas para agilizar los trámites, especialmente en situaciones donde el acceso a internet o teléfono pueda verse limitado.
2. Derechos de los Inquilinos en Viviendas Inhabitables
La situación de los inquilinos cuyos hogares han quedado inhabitables debido a la DANA es una de las más críticas y delicadas. Para estos arrendatarios, la ley establece que tienen derecho a suspender temporalmente su contrato de alquiler hasta que la vivienda vuelva a ser habitable. Esta suspensión puede incluir también los gastos asociados al alquiler, como los suministros, si el arrendatario estaba a cargo de pagarlos. Así, no tendrán que hacer frente a pagos de un inmueble del que no pueden beneficiarse mientras dure la rehabilitación.
Además, el artículo 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) les otorga a los inquilinos la posibilidad de desistir del contrato de alquiler sin penalización en caso de inhabitabilidad prolongada. Esto significa que si la vivienda requiere un tiempo extenso de reparación, el inquilino puede optar por terminar el contrato sin tener que abonar indemnizaciones o multas. Esta medida asegura que los arrendatarios no se vean forzados a asumir una deuda o buscar alternativas costosas de vivienda en una situación de vulnerabilidad.
Es importante destacar que, para solicitar la suspensión o rescisión del contrato, el inquilino debe obtener un informe oficial que certifique la inhabitabilidad de la vivienda. Este informe puede ser emitido por un técnico competente o por las autoridades locales encargadas de evaluar el estado del inmueble. Una vez obtenido este documento, el arrendatario debe comunicar la situación al propietario o al administrador de la vivienda y presentar una copia del informe para formalizar la suspensión o el desistimiento del contrato.
El Ministerio recomienda que, en caso de conflictos o desacuerdos con el propietario, los inquilinos afectados busquen asesoramiento legal para conocer sus derechos y las opciones disponibles. En JRM Abogados, nuestro equipo de expertos en arrendamientos puede asistir a los inquilinos en estos procesos, asegurándose de que sus derechos estén protegidos en todo momento y de que el proceso se realice de acuerdo con la normativa vigente.
3. Moratoria en Créditos y Deudas
Las personas afectadas por la DANA también pueden solicitar una moratoria de hasta tres meses en créditos, incluyendo hipotecas, préstamos para vehículos y créditos al consumo. Esta medida, contemplada en el artículo 35 del Real Decreto-ley, permite a las personas afectadas pausar sus obligaciones financieras sin incurrir en penalizaciones. La entidad financiera tiene un plazo máximo de quince días para gestionar esta solicitud, brindando un alivio temporal en momentos de dificultad económica.
Es importante que los solicitantes proporcionen la documentación necesaria que acredite su situación como afectados por el temporal, ya que esto permitirá que el banco o entidad financiera procese la moratoria de manera eficiente. Durante el período de la moratoria, los pagos se suspenden temporalmente, lo que significa que el cliente no tendrá que pagar cuotas ni intereses hasta que termine el plazo establecido.
4. Derecho a Desistir de Contratos de Servicios y Productos Contratados antes de la DANA
En el caso de servicios y productos que no hayan podido disfrutarse debido a la DANA, el derecho a desistir del contrato se extiende hasta el 31 de enero de 2025, según el artículo 46 del Real Decreto-ley. Esto aplica a servicios como viajes, eventos, suscripciones digitales y artículos adquiridos para el hogar. Además, no se exigirá documentación dañada o perdida como requisito para reclamar el desistimiento, lo cual facilita la recuperación de los importes abonados por los consumidores afectados.
Este derecho a desistir también es aplicable a los servicios de entretenimiento contratados antes del temporal, como entradas para conciertos o espectáculos, reservas de alojamiento o suscripciones a servicios en línea. Los consumidores tienen derecho a solicitar la devolución de los importes abonados sin cargos adicionales. En caso de que los contratos sean gestionados por terceros o plataformas de servicios, se recomienda contactar con el proveedor y proporcionar información detallada sobre las condiciones de la cancelación para agilizar el proceso.
Además de estos derechos de consumo, el Ministerio de Derechos Sociales también sugiere solicitar ayudas adicionales, como subvenciones para la rehabilitación de viviendas, indemnizaciones de seguros y acceso a avales para créditos destinados a la reconstrucción de inmuebles afectados.
Conclusión
La guía del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 brinda una protección fundamental para los afectados por la DANA, otorgándoles derechos para suspender pagos y rescindir contratos de servicios que no pueden utilizar. Estas medidas no solo alivian la carga económica de los damnificados, sino que también refuerzan sus derechos como consumidores en situaciones de emergencia.
En JRM Abogados, estamos comprometidos a asesorarte y ayudarte a acceder a las ayudas disponibles para la rehabilitación de viviendas y a proteger tus derechos como consumidor. Si necesitas asistencia legal para hacer valer tus derechos ante cualquier abuso o para gestionar las ayudas ofrecidas, nuestro equipo está a tu disposición para apoyarte.
Alba Arroyo.
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