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Cláusula “No Show”: por qué los tribunales la consideran abusiva

  • Foto del escritor: Javier Risueño
    Javier Risueño
  • hace 12 minutos
  • 4 Min. de lectura

Guía jurídica completa – JRM Abogados (Valencia)


La llamada cláusula “no show” permite a una compañía aérea cancelar los trayectos restantes de un billete si el pasajero no utiliza alguno de los vuelos anteriores. Es una práctica extendida en aerolíneas de todo el mundo, pero la Justicia española la ha considerado abusiva, ya que provoca un perjuicio grave al consumidor sin justificación jurídica válida.


En JRM Abogados te explicamos qué es la cláusula no show, qué dice el Tribunal Supremo, qué sentencias recientes la han anulado y cómo puedes reclamar compensación si una aerolínea te ha denegado el embarque.


Cómo reclamar a la aerolínea por la cláusula No Show
Cláusula No Show

1. ¿Qué es la cláusula “No Show”?


Es una condición incluida por muchas aerolíneas en sus contratos de transporte por la que:

si el pasajero no utiliza uno de los tramos de un billete con varios vuelos, se cancelan automáticamente los siguientes, impidiéndole embarcar.

Ejemplo típico: Un pasajero tiene Valencia – Madrid – Nueva York, pero pierde el primer vuelo. La aerolínea aplica la cláusula “no show” y cancela todo lo demás, incluso aunque el pasajero haya pagado íntegramente el billete.


2. ¿Por qué los tribunales consideran abusiva la cláusula no show?


La jurisprudencia es clara: el pasajero tiene derecho a no utilizar un tramo sin perder el resto.


STS 631/2018, de 13 de noviembre – Tribunal Supremo

Es la sentencia clave. El Supremo declara que:

  • El pasajero solo tiene la obligación de pagar el precio, no de utilizar todos los tramos.

  • La aerolínea debe prestar el transporte contratado, aunque el pasajero no use uno de los vuelos.

  • La cláusula no show no regula elementos esenciales del contrato según el art. 4.2 de la Directiva 93/13/CEE.

  • La cláusula supone un desequilibrio grave y contrario a la buena fe.


El Supremo lo resume así:

“Un consumidor que ha cumplido con su obligación —el pago del precio— no puede ser privado del disfrute de la prestación contratada.”

3. Jurisprudencia de los juzgados: anulación sistemática de la cláusula


Además del Supremo, distintos juzgados de lo mercantil han declarado la nulidad de esta cláusula e impuesto condenas a aerolíneas.


✔ JM 21/12/2020

El pasajero no fue informado de que perdería los vuelos posteriores. El juzgado concluye:

  • La cláusula es abusiva.

  • La información no fue clara ni transparente.

  • Se aplica la doctrina del Tribunal Supremo.

  • Se estima la demanda.


✔ JM 06/10/2021

El juzgado declara:

  • La cláusula es desproporcionada.

  • La aerolínea obtiene un beneficio injustificado al volver a vender el asiento ya pagado.

  • La denegación de embarque carece de base legal.

  • Procede indemnización conforme al Reglamento 261/2004 (derechos del pasajero del transporte aéreo).

El juzgado recuerda expresamente la STS 13/11/2018 y la califica como referencia obligada.


✔ JM 28/04/2023

Caso real: un pasajero acude al aeropuerto de Hamburgo con su billete pagado para embarcar hacia Lisboa, pero la aerolínea aplica el “no show” por no usar un tramo anterior.


El juzgado decide:

  • La cláusula no show es nula y abusiva.

  • La aerolínea actuó contra derecho al impedir el embarque.

  • Se condena a:

    • 400 € de compensación (vuelo < 1.500 km)

    • Reembolso del billete

    • Pago del billete alternativo que el pasajero tuvo que comprar para volver a España.


4. ¿Qué derechos tiene el pasajero si le aplican el “no show”?

Cuando una aerolínea cancela tu vuelo aplicando esta cláusula, tienes derecho a reclamar:


Indemnización según Reglamento 261/2004

  • 250 € (vuelos < 1.500 km)

  • 400 € (1.500–3.500 km)

  • 600 € (> 3.500 km)


Reembolso de gastos derivados

  • Billetes alternativos

  • Alojamiento

  • Transporte

  • Comidas


Reembolso del billete inutilizado

(Total o parcial).


Declaración de nulidad de la cláusula

Impidiendo su uso futuro.


Daños y perjuicios adicionales

Si puedes acreditarlos.


5. ¿Cómo reclamar por cláusula no show?


En JRM Abogados recomendamos:


1. Guardar todas las pruebas:

– tarjeta de embarque– correos– pantallazos de la reserva– facturas– denegación por escrito, si la hubo


2. Reclamar por escrito a la aerolínea

Muchas veces no contestan o deniegan la reclamación de forma automática.


3. Acudir a un abogado especializado

Las compañías aéreas suelen defender estas cláusulas en juicio, pero la jurisprudencia resulta claramente favorable al pasajero.


6. ¿Por qué es abusiva la cláusula no show? (Resumen jurídico)


Según el Tribunal Supremo y los juzgados mercantiles:

  • No existe obligación legal del pasajero de usar todos los tramos.

  • La aerolínea pretende cobrar dos veces por el mismo servicio.

  • Se priva al consumidor del servicio ya pagado.

  • Se genera un desequilibrio contrario a la buena fe.

  • La cláusula no supera los controles de transparencia ni de contenido.

  • Vulneran el Reglamento 261/2004 y el principio de proporcionalidad.


Conclusión: la cláusula es nula de pleno derecho.


7. ¿Te han aplicado la cláusula No Show? Podemos ayudarte


En JRM Abogados (Valencia) somos especialistas en derecho del transporte aéreo, reclamaciones de denegación de embarque y acciones por cláusulas abusivas frente a aerolíneas.


Nuestro equipo se encarga de:

  • Revisar tu billete y condiciones

  • Reclamar directamente a la compañía

  • Exigir indemnización e importe del billete

  • Preparar demanda en caso necesario

  • Defender tu caso según la jurisprudencia más reciente



Cláusula “No Show”: por qué los tribunales la consideran abusiva y cómo reclamar si una aerolínea te ha denegado el embarque

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